29 de mayo de 2007


DECLARACIÓN PÚBLICA


La Asociación de Funcionarios Municipales de Huechuraba tiene el deber de expresar su desagrado y preocupación por la actual situación que vive nuestra compañera de labores y socia de nuestra organización INES FARIAS CIFUENTES, dado que con fecha 17 de Mayo de 2007 fuera notificada del Decreto Municipal que la destituye de su cargo por Salud Incompatible.

1.- Nos parece inaceptable, que la primera autoridad municipal, haya decretado el término de sus labores, sin considerar los siguientes elementos:

a) En los antecedentes fundantes de la resolución de destitución, se han considerado licencias médicas que fueron emitidas, entre el 21 de Marzo de 2005 al 21 de Marzo de 2007, en circunstancias que la mayor parte del período que se contabiliza, nuestra compañera de labores, gozaba de fuero maternal.

b) No es concebible que la Encargada del Departamento de Personal señora Bárbara Martínez Palacios, quien debe velar por el bienestar laboral y el efectivo cumplimiento de las leyes sociales que protegen particularmente a la mujer y a las madres trabajadoras de este municipio, haya pasado por alto lo que la ley expresamente establece, en relación al cumplimiento efectivo del fuero maternal.

c) No es concebible que la Encargada del Departamento de Personal, no conozca el historial laboral y médico de cada uno de los trabajadores, en especial de aquellos que están protegidos con fuero. Esto, demuestra la falta de rigurosidad en su función profesional y en sus decisiones administrativas.

d) No es una practica Humana ni Cristiana, que la Encargada del Departamento de Personal, haya negado ha nuestra compañera de trabajo desde el mes de febrero de 2007 el pago por el derecho a sala cuna que legítimamente le corresponde por mandato de la Ley Nº 18.883, art. 87, inciso segundo. De la misma forma condenamos también la no entrega de los beneficios que están considerados para todos los trabajadores municipales de acuerdo a la normativa vigente de la Ley Nº 19.754 de Bienestar Institucional.

2.- El período de tiempo que fue considerado para su destitución, nuestra compañera de labores fue madre de un hijo, sufriendo además el trágico golpe de perder a sus seres queridos, Madre y Padre, lo que conlleva a un permanente deterioro de su salud, por lo que es natural que haya hecho legitimo uso de licencias médicas para su recuperación -situación por la cual se le esta destituyendo-, no habiéndose considerado que éstas licencias médicas fueron emitidas dentro del período de fuero maternal, derecho establecido, igualmente, en la Ley Nº 18.883 Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, artículo Nº 87, inciso segundo.

3.- Esta Asociación de Funcionarios, agotara todos los medios necesarios para asegurar la defensa y restitución en su cargo de nuestra compañera de labores, con la finalidad que se dé fiel cumplimiento a la innumerable y categórica jurisprudencia que existe al respecto emanada de la Contraloría General de la República, leyes sociales y Tribunales de Justicia. Como asimismo, llevaremos la respectiva defensa ante los distintos organismos gremiales y sindicales, tanto nacionales como internacionales de los cuales esta Asociación de Funcionarios forma parte, tales como la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales ASEMUCH, Central Unitaria de Trabajadores CUT, Internacional de Servicios Públicos ISP y la Organización Internacional del Trabajo OIT.

En consecuencia, que nadie crea que es tan fácil condenar a la cesantía a una madre trabajadora con dos pequeños hijos, y que lleva 14 años trabajando en la municipalidad. Estamos seguros que muy prontamente nuestra compañera de labores deberá ser restituida en sus funciones, toda vez que en el acto de su destitución se han transgredido una serie de normativas y reglamentaciones nacionales y convenios internacionales suscritos por nuestro país, que son parte constituyente de la actual legislación laboral chilena.



ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES
DE HUECHURABA



Huechuraba, Mayo 24 de 2007.

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